Documento Informativo Abreviado (DIA)

Documento Informativo Abreviado (DIA)

Antes de comprar una vivienda es muy importante obtener información completa y veraz sobre la misma. Para ello tienes derecho a recibir el Documento Informativo Abreviado (DIA). Es suficiente con solicitar información sobre un inmueble para que nazca el deber de entregar una copia de este documento, que es gratuito.

Hay que tener en cuenta que el Documento Informativo Abreviado no se aplica a transacciones entre particulares.

Contenido

Será distinto según se trate de vivienda en proyecto, en construcción o de viviendas en primera transmisión ya construidas, pero en general incluye datos de construcción, promotor, fechas de entrega, planos de emplazamiento y superficie, información sobre licencias, etc.

En el supuesto de segunda transmisión y posteriores (de segunda mano) que no se realicen entre particulares, la parte compradora tiene derecho a recibir una ficha informativa en la que consten los datos principales de la vivienda (dirección, descripción propietario, cuota de comunidad, etc.).

Nota explicativa

Es el documento sobre la venta de la vivienda que informa sobre el precio, las formas de pago y los tributos que deben abonarse.

En dicho documento se detallará:

  • Precio de venta. Se debe hacer constar que se deducirá del precio total cualquier cantidad que entregue la persona compradora antes de la formalización del contrato.
  • Si se prevén aplazamientos del precio se indicará toda la información al respecto (tipo de interés, principal e intereses, fecha de vencimiento, plazo, etc).
  • Si se prevé la posibilidad de subrogación de hipoteca se facilitará toda la información al respecto (notaría, fecha de la escritura, condiciones del crédito, etc.).

Antes de tomar la decisión

  • Solicita una nota simple o certificación en el Registro de la Propiedad. La nota simple es más barata y te permitirá comprobar que la vivienda está a nombre de la persona vendedora y las cargas que podrían limitar el derecho de uso o dominio.
  • Comprueba con la comunidad propietaria que la persona vendedora se encuentra al día en el pago de las cuotas. Es importante ya que (en caso de cantidades pendientes) la persona compradora deberá abonar las correspondientes a los meses ya transcurridos del año en el que se adquiere la vivienda y las del año anterior.
  • Verifica que la persona vendedora está al corriente en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. En caso de impago podrías estar sujeto al abono de la totalidad del tributo. Puedes pedir a la persona vendedora que te enseñe los recibos relativos a los pagos de este impuesto.

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